Resolución de 15 de octubre de 2012, del Director General de Ordenación Académica, por la que se dictan instrucciones para la convalidación de los módulos profesionales de Idioma autonómico de los currículos aragoneses de ciclos formativos de formación profesional.
Primero.— Los alumnos de formación profesional que puedan acreditar un nivel B-1 o
superior de la Escuela Oficial de Idiomas de una lengua extranjera, podrán convalidar cualquiera
de los módulos profesionales de la misma lengua extranjera establecidos en los currículos
autonómicos de los ciclos formativos de grado medio y grado superior.